En ese sentido, es importante remarcar que los casos tratados por el Comité de Libertad Sindical de la Argentina han ido aumentando considerablemente. De cuatro casos que se trataron en el período 1983 – 1989, pasamos a 9 casos en el período 1999 – 2001 y cuatro casos más desde diciembre del 2001 a diciembre del 2003 y seis casos más desde 2003 hasta la fecha.
Las observaciones de la Comisión de Expertos fueron tratadas por la Comisión de Aplicación de Normas en la reunión del 2005; como consecuencia de ello, el 30 de agosto de dicho año, se constituyó una misión integrada por los señores Cleopatra Doumbia-Henry (directora del Departamento de Normas Internacionales del Trabajo) y Horacio Guido, a fin de dar cumplimiento a lo resuelto por esta Comisión. Con igual propósito se constituyó en febrero del 2007 y tampoco hubo avance de parte del Gobierno Argentino.
Estamos en condiciones de afirmar que los sucesivos gobiernos han dilatado en el tiempo las observaciones y que no hubo, ni hay intención política de modificar ni un solo artículo de la ley sindical.
Ya no se trata sólo del reconocimiento de la CTA en espacios institucionales. Con un millón doscientos mil afiliados, de hecho es reconocida en ámbitos nacionales e internacionales como una de las dos centrales existentes en la Argentina. Nuestra presencia en este ámbito, nuestra participación en las instituciones del MERCOSUR, en el Consejo del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, son sólo algunos ejemplos de espacios ganados de nuestra central.
Pero esto no resuelve el problema de los trabajadores que, al no tener una ley que les garantice libertad y democracia sindical, no sólo no se pueden organizar libremente sino que, además, son discriminados cuando lo intentan.
Afirmamos claramente que no se trata sólo de la incompatibilidad de la ley argentina con el Convenio 87, sino de los efectos concretos que tiene sobre los trabajadores que carecen de tutela y garantías y ello se trasluce en una representación inadecuada.
Un estudio reciente del Ministerio de Trabajo habla a las claras de esta carencia. Sólo el 12,7% de los establecimientos tiene representación directa en el lugar de trabajo. Y lo que es peor, en los establecimientos de más de 200 trabajadores, la representación directa es de sólo el 52,2%.
Doy dos ejemplos, aunque existen más, muchos de ellos referenciados en los casos tratados por el Comité de Libertad Sindical a los que hice referencia.
En Agosto de 2006 se desató un conflicto entre la empresa Alto Paraná, en la Provincia de Misiones, y trabajadores motosierristas, afiliados a la CTA. La respuesta de la empresa fue notificar una serie de despidos y suspensiones a los principales activistas. Asimismo, comenzó a efectuarles a los trabajadores un descuento compulsivo con destino AL SINDICATO DE RURALES, ya que, según alegaba, se trataba de trabajadores rurales.
Esta circunstancia es consecuencia directa de la ley que define la afiliación a tal o cual sindicato de acuerdo a la actividad del empleador, sin influir la voluntad de los trabajadores, que optaron por otro sindicato.
El 17 de noviembre de 2006 la empresa Ford S.A despidió a Guillermo Carrera, quien había resultado electo Secretario Gremial de nuestra Central en Tigre, el 6 de noviembre del mismo año, y venía desarrollando una intensa actividad sindical dentro de la planta.
Al ser la CTA una entidad de las denominadas “simplemente inscriptas” carece de tutela sindical y, por ende, la empresa pudo despedir en principio; también este caso es consecuencia de la ley sindical vigente que sólo protege a los representantes de las entidades con personería gremial.
Esta falta de garantías es lo que la Comisión de Expertos llama “privilegios” de las entidades con personería gremial y carecen las denominadas “simplemente inscriptas”.
Como dije al comenzar mi intervención, esta situación ya es absurda. Luego de la crisis del año 2001, hay un crecimiento sostenido del Producto Bruto Interno y una importante recuperación del sector industrial; sin embargo, la distribución de la riqueza sigue siendo inequitativa y gran número de trabajadores no participa de las ganancias obtenidas por dicho crecimiento. En la Argentina, el país del pan, exportador de alimentos, se padece hambre, y como reiteradamente decimos año a año en las marchas de los “Chicos del Pueblo” EL HAMBRE ES UN CRIMEN!!!
LOS GRUPOS ECONÓMICOS Y LAS EMPRESAS MULTINACIONALES TIENEN PORCENTAJES ALTÍSIMOS DE PRODUCTIVIDAD Y POR ENDE HAN AUMENTADO LAS GANANCIAS SUSTANCIALMENTE.
Y para luchar contra ello, para poder contraponerse a los EFECTOS DE LA DESIGUALDAD necesitamos, URGENTEMENTE, libertad y democracia sindical para que los trabajadores se puedan organizar y LUCHAR por la distribución equitativa de la riqueza.
Desde hace un tiempo se está viviendo una preocupante violación de las libertades públicas. Rescatamos la política oficial y los esfuerzos efectuados por el gobierno para esclarecer la verdad de los hechos sobre el genocidio que hubo en la Argentina.
Hoy nos preocupa que registremos amenazas contra dirigentes sindicales, robos sucesivos en nuestros locales sindicales, y lo más significativo, el 4 de abril del 2007 el asesinato de nuestro compañero de la CTA Neuquén, Carlos Fuentealba, que en el medio de una manifestación y huelga de los maestros de dicha provincia, es brutalmente asesinado por la espalda.
La importancia de este caso deviene de dos circunstancias: las dilaciones permanentes del gobierno argentino de modificar la ley, y la prolongada permanencia en el tiempo de las observaciones de la CEAR y de esta Comisión, sin obtener ningún resultado que permita presuponer que el Gobierno Argentino tiene voluntad de dar cumplimiento a los compromisos asumidos ante los organismos de control de la OIT.
Las dilaciones ya no deben considerarse como tales; por el tiempo transcurrido debemos interpretar que se trata de una verdadera negativa del gobierno argentino a efectuar las reformas a la ley sindical.
En este marco debe entenderse la negativa del gobierno a otorgar el reconocimiento pleno de la CTA.
Hace casi tres años que lo hemos solicitado y, sin embargo, el gobierno argentino continua retrasando los trámites, con medidas procesales absurdas; de esta manera se impide nuestro derecho a representar plenamente a los trabajadores y sus entidades adheridas a la CTA.
En este sentido, la CEAR ha urgido al gobierno argentino a resolver el pedido de personería gremial.
La señora Vice-ministro de Trabajo, Dra. Noemí Rial, dijo ante esta Comisión de Aplicación de Convenios y Recomendaciones, en la 93 reunión, 7 de Junio de 2005, textualmente: ‘la CTA ha iniciado en septiembre de 2004, el trámite de solicitud de personería gremial en los términos y de conformidad con los procedimientos establecidos por la Ley núm. 23.551′.
Sin embargo, aún no tenemos ninguna pauta que nos permita tener convicción de que se finalizará el trámite y obtendremos la personería gremial.
Lo expuesto hasta aquí me lleva a solicitar al grupo de trabajadores a sostener el apoyo para que, por intermedio de la OIT, podamos obtener un proyecto modificatorio de la ley argentina para su definitiva adecuación al Convenio 87.
Estamos en tiempos difíciles… Necesitamos la herramienta de la libertad sindical para poder continuar con la organización de nuestra clase, mejorar su condición de vida y contraponerla a la explotación.
Finalmente, debe quedar claro que, en la mayoría de los casos, las formas atentan contra el contenido, de la misma manera que el modelo sindical argentino obstaculiza los derechos elementales y universales de muchos trabajadores.
Tampoco es un problema de mayoría o minoría, porque no estamos hablando de imponer, hablamos de principios y derechos universales que definieron a la humanidad sacándola del oprobio de los iluminados.
Hablamos de democracia, libertad e igualdad, como hace siglos se hizo, sin establecer diferencias, ni por el color de piel, ni por la raza, ni por la cantidad.»
Denunciamos las violaciones a la libertad sindical en Argentina.
En el marco de los encuentros previos a la inauguración de la 96º Conferencia anual de la OIT, la delegación de la CTA se reunió con los integrantes de la Confederación Sindical Internacional (CSI) y luego participó del Grupo de Trabajadores de la Comisión de Aplicaciones de Normas. Ante las organizaciones sindicales de todo el mundo, el Secretario de Relaciones Internacionales, Adolfo Aguirre, reveló que en nuestro país «se repiten episodios de suma gravedad que constituyen violaciones a los derechos fundamentales de los trabajadores».
Aguirre argumentó en favor de que el “Caso Argentino” fuera propuesto por el Grupo de Trabajadores (pedido que contó con el apoyo de las centrales obreras de España CCOO y UGT, de la AFLO-CIO de los Estados Unidos y de la CGT de Francia) y recordó que «la ley que regula la actividad sindical en la Argentina fue sancionada en 1988, la primera observación de la Comisión de Expertos de la OIT fue realizada en 1989, que señaló que varios puntos de la ley son incompatibles con el Convenio 87; desde entonces, es decir 18 años, este cuestionamiento se repitió en trece oportunidades, y fue receptado por la Comisión de Normas en 1995 y 2005». Y agregó que «este modelo impone en la Argentina un monopolio sindical que impide el desarrollo de estrategias de los trabajadores».
Al respecto, Aguirre explicó que «entre las facultades exclusivas que la ley le otorga al sindicato con Personería Gremial está la de la representación en el conflicto, el derecho a nómina, la obligación de la patronal a recaudar cuota sindical y, especialmente, la tutela sindical que sólo protege a los representantes de los sindicatos con personería gremial». «De esta manera -graficó- el sindicato que no obtiene este reconocimiento se transforma en los hechos en un ‘no sindicato’, y se encuentra forzado a realizar su acción sindical al margen de la protección de la ley».
Acerca de las consecuencias de la falta de libertad y democracia sindical en el país, el secretario de Relaciones Internacionales de la CTA subrayó que éstas «no se reducen al cuestionamiento a la legislación nacional. En este sentido, se ha producido en los últimos meses una escalada de violencia que concluyó el pasado 4 de abril con el asesinato de Carlos Fuentealba, un militante de la Asociación de Trabajadores de la Educación de Neuquén, que integra la CTA, durante la represión de una movilización docente en el marco de una huelga».
Y completó: «Los antecedentes de este gravísimo atentado contra los derechos fundamentales de los trabajadores de la Argentina en su conjunto deben buscarse, entre otros, en los siguientes hechos: amenazas contra el secretario general de la CTA Santa Cruz; represión policial contra manifestaciones sindicales en Neuquén, Santa Cruz, Salta y la ciudad de Buenos Aires; atentados contra el director del Departamento Jurídico Nacional de la CTA, Horacio Meguira y contra la Central de la Capital Federal», todos estos hechos ocurridos en el transcurso de 2007.