Esta empresa opera en el yacimiento con un CONTRATO DE LOCACIÓN DE OBRA Y SERVICIOS con Nación, desde el año 1992, al comienzo de las privatizaciones, y posteriormente fue transferida a la provincia en esa condición.
a) Este CONTRATO tiene una vigencia de 24 años, por lo que se vencen sus derechos en 2.016.
b) PCR se queda con el 73% de lo producido.
c) El Estado provincial recibe el 27% restante y el CONTRATO establecía que PCR debía pagar un 95% de ese 27%, compuesto por una canasta de precios internacionales del petróleo.
Petroquímica Comodoro Rivadavia, desde el año 2.005, viene pagando bajo protesto las regalías (27%) e inició una demanda a la Provincia.
{{{¿QUÉ QUIERE PETROQUÍMICA COMODORO RIVADAVIA?}}}
1.- Modificar la ecuación económica de las regalías que paga a la Provincia y la devolución del pago bajo protesto.
2.- Extender por diez años la explotación del yacimiento.
3.- Pasar del CONTRATO DE LOCACIÓN a tener derechos por CONCESIÓN del área Medanito.
{{{¿QUÉ SIGNIFICA ESTO?}}}
Propone pagar el 27% en concepto de regalías pero al valor del mercado interno y la devolución de 82,5 millones de pesos que es lo que pagó bajo protesto, porque considera que está extrayendo a pérdida.
Propone extender diez años más los derechos de explotación del yacimiento porque prevé que al actual ritmo de extracción de petróleo y gas estará agotado el recurso natural en la cuenca.
Y pasar del contrato de locación vigente a la concesión del área Medanito, además de ser una violación a las leyes vigentes, se otorga un área sin licitación pública ni oferentes que puedan formular alternativas más ventajosas para la Provincia.
{{{¿QUÉ HIZO PETROQUÍMICA COMODORO RIVADAVIA?}}}
Paga desde enero de 2008 las regalías sobre la base de 42 dólares, calculando sobre el valor del mercado interno.
Para presionar a la Justicia donde ya tenía un fallo en primera instancia en contra (con posterioridad la apelación en la Cámara le salió favorable por una cuestión de forma), cerró pozos de exploración y obras en superficie dejando como consecuencia la cesantía de alrededor de 350 trabajadores ocasionando de esta manera una crisis social en 25 de Mayo. En diciembre de 2007, PCR dio de baja una unidad de perforación y en enero de 2008 dio de baja un equipo de terminación de pozo que significó la pérdida de otros 100 puestos.
En su auxilio acudió el Sindicato de Petroleros de Río Negro y Neuquén que se llegó hasta Santa Rosa para anunciar que se pararía la explotación del petróleo en La Pampa.
{{{¿QUÉ HIZO EL GOBIERNO?}}}
El Gobernador Jorge viajó a Chubut a entrevistarse con Das Neves y volvió con el manual del Buen Privatizador bajo el brazo, transformando el contrato de locación en una concesión, extendiendo el período de explotación y readecuando la fórmula económica.
Inmediatamente elevó a la Cámara de Diputados la propuesta de Petroquímica Comodoro Rivadavia para que, a través de una ley provincial, se avalara el despojo.
Esto generó el rechazo hasta de la propia bancada oficialista que, envuelta en una interna por el poder, le recriminó que actuaban “como representantes de la empresa”.
{{{¿QUÉ SE ESTÁ DEBATIENDO EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS?}}}
Ninguno de los diputados, sean oficialistas o de la oposición, proponen salirse del esquema privatizador de la década del noventa. Con el enunciado de discutir y establecer una política de Estado en el tema hidrocarburos plantean retoques cosméticos al estilo de pedir más regalías a cambio de más años de explotación, o de convocar a una nueva licitación del área Medanito.
{{{¿QUÉ ESTABLECE LA CONSTITUCIÓN PROVINCIAL?}}}
{{Artículo 4:}} establece sobre la Integración Regional que el Estado «Puede crear organismos, celebrar acuerdos o convenios, interprovinciales, con la Nación o Entes Nacionales, con el objeto de lograr un mayor desarrollo económico y social”.
{{Artículo 18:}} «… Es obligación del Estado y de toda la comunidad proteger el ambiente y los recursos naturales, promoviendo su utilización racional y el mejoramiento de la calidad de vida.”
“Los poderes públicos dictarán normas que aseguren:
a) La protección del suelo, la flora, la fauna y la atmósfera.”
{{Artículo 33:}} «La propiedad debe cumplir una función social y su explotación conformarse a la conveniencia de la comunidad. La expropiación fundada en el interés social, deberá ser autorizada por ley.”
{{Sindicato Luz y Fuerza
_ La Pampa.
SE DEBE NACIONALIZAR,
_ NO REPRIVATIZAR O RENEGOCIAR
POR LA NACIONALIZACIÓN DEL PETRÓLEO Y EL GAS YA!!}}