Mar del Plata, 17 de Abril de 2009
{{PUNTO 4:}} Análisis, consideración y resolución para adoptar en relación a las negociaciones salariales en el ámbito de EDEA S.A.
{{VISTO:}} El acuerdo suscripto entre FATLyF y EDEA S.A. con fecha 07/04/09 y…
{{CONSIDERANDO:}}
Que en dicho acuerdo se establece el pago de una suma no remunerativa de pesos 4.000, por única vez, para cada trabajador encuadrado en el Convenio de Luz y Fuerza; suspendiendo a cambio la negociación paritaria hasta el mes de agosto del corriente año inclusive.
Que el citado acuerdo viola el espíritu acordado en el Acta que celebrara la empresa el 17/10/2008 y que fuera homologada por el Ministerio de Trabajo de la Nación y por la cual se convino en su clausula cuarta que las partes volvían a reunirse en el mes de marzo del 2009 para discutir salarios para dicho año.
Que en la última acta suscripta por FATLyF en su cláusula primera se arroga representación que no le corresponde y que no puede desconocer, ya que por disposición del Ministerio de Trabajo de la Nación, RES. 111/96 esta organización no se encuentra federada y ha readquirido plenamente las facultades y legitimación que le concede el plexo de normas positivas laborales, implicando por parte de EDEA S.A. una clara práctica desleal para con este sindicato, no pudiendo aducir desconocimiento ya que conforme hemos manifestado, hasta el 31 de marzo del corriente año hemos pactado los salarios en forma individual.
Que es reiterada la posición orgánica de este gremio de, salvo casos excepcionales, no aceptar el pago de gratificaciones o sumas no remunerativas y que las mismas no queden definitivamente plasmadas en la escala salarial de cada entidad empleadora.
Que se ha dado cumplimiento en un todo a la cláusula cuarta del acta del día 17/10/08 por cuanto EDEA S.A. ha recibido incremento tarifario, ha hecho anticipo de pagos de dividendos y ha consolidado balances con ganancia neta, no registrando incluso disminución de energía vendida en el período analizado, lo que habilita presuponer a que están dadas las condiciones para otorgar un incremento salarial serio y que además posibilite la recuperación producto de la inflación e incluso reconocer, en sectores de trabajo más postergados como el administrativo, un aumento para que se establezca una justicia social en la masa salarial de la empresa.
Que todo pago en negro como el acordado no sólo perjudica al trabajador individualmente considerado, sino que afecta al sistema de seguridad social por cuanto no sólo desfinancia la obra social sino también al sistema estatal previsional, dándole un beneficio a la empleadora gratuito y sin corresponder, como hemos visto, a un estado de necesidad.
Que por todo expuesto esta asamblea general extraordinaria por unanimidad:
{{RESUELVE}}
a) Aprobar lo actuado por C.D. en el tema.
b) Rechazar el acuerdo unilateral celebrado por FATLyF con EDEA S.A. por ser el mismo contrario a los principios que debe regir toda negociación salarial, ya que el pago en negro es desconocer, por un lado, el derecho a una remuneración digna como único mecanismo de retribución del trabajo, y por el otro, ser el sostenimiento de los sistemas de salud y jubilatorios, olvidando el concepto de solidaridad que debe primar sobre los intereses sectoriales entre trabajadores.
c) Facultar a C.D. para arbitrar todos los caminos administrativos para iniciar la paritaria con EDEA S.A. en el ámbito del Ministerio de Trabajo de la Nación, dando incluso mandato de recurrir a la vía judicial en caso de ser necesario y oponiéndonos a todo acuerdo que viole o transgreda el derecho a percibir remuneraciones dignas y registradas.
d) Dar amplio mandato a C.D. para ejercer todas las medidas sindicales, incluso de las de acción directa para el caso que EDEA S.A. mantenga su posicionamiento de desconocer nuestra legitimidad en la materia o reconociéndola, actúe con mala fe negocial.
e) Dar mandato a C.D. para dar amplia difusión a la presente y efectuar todas las denuncias públicas en caso de ser necesario sobre el accionar empresario y de pseudo representantes gremiales que pretendan seguir en materia salarial con la metodología del pago en negro y desconociendo con ello el derecho que tenemos los trabajadores a percibir salarios dignos para lograr a través de los mismos una justa distribución de la riqueza con el plus de un compromiso social al estar dichos salarios bajo la obligación de realizar aportes y contribuciones necesarios para el mantenimiento de la seguridad social.
{{p/ Sindicato Luz y Fuerza Mar del Plata}}