Las idas y vueltas de la entidad ante nuestra organización y ante la Delegación del Ministerio de Trabajo, no alcanzaron para satisfacer los reclamos que fueron presentados desde principios de agosto, y ratificados luego de una serie de respuestas insuficientes de la entidad. Por su parte, el Ministerio de Trabajo realizó una audiencia en la que dio cuenta de los planteos realizados por el gremio y los descargos de la cooperativa.
Luego, el 31 de agosto, nuestra organización volvió a dirigirse a la Secretaría de Trabajo de Mar de Ajó para denunciar la aparición de un escrito anónimo acusatorio hacia los compañeros y nuestro gremio, que, además, miente respecto del cumplimiento de la cooperativa con los pagos de salarios. Y que deja sospechas sobre su autoría, sobre todo porque maneja un nivel de información sólo accesible para el Consejo de Administración. En esa oportunidad también reafirmamos las denuncias realizadas y respondimos a algunos de los descargos de la cooperativa. A lo que la entidad volvió a presentar argumentos cuestionables.
{{Los reclamos de nuestra organización se centraron en:
– El no pago de haberes en tiempo y forma;
– El atraso en la BAE;
– La no incorporación al básico de los 60 pesos, ni los 100 pesos asignados por el gobierno;
– La negativa de la entidad al ingreso de una trabajadora solicitada por ellos mismos a nuestra Bolsa de Trabajo
– El retraso de los aportes gremiales que les descuentan religiosamente a los trabajadores;
– Una doble sanción (descuentos en el salario y en la BAE) a los trabajadores que realizaron medidas de fuerza jornadas de paro;
– El desconocimiento de la entidad acerca de las reglamentaciones vigentes sobre los días de licencia;
– La negativa a discutir la conformación de planteles y el criterio de asignación de tareas;
– Una deuda con los trabajadores, de las últimas tres mudas de ropa de trabajo y calzado.}}
Ante cada punto, relatamos la seguidilla de denuncias del gremio, el primer descargo de la cooperativa, los replanteos y ratificaciones de nuestras denuncias, y nuevas exposiciones de la cooperativa.
{{1. Pago de haberes en tiempo y forma.
_ Planteo de la cooperativa:}}
Dicen que, desde hace casi 2 años, el pago se efectúa el último día de cada mes. Que únicamente en este caso asumen un atraso de sólo 2 días hábiles en el salario de julio, al 50 por ciento de los trabajadores, los que cobran más de 1.000 pesos. {{Y que fue causado por un atraso de los trabajadores en la emisión de facturas que demoraron el cobro del servicio.
Respuesta del gremio:}}
No admitimos ninguna dilación al pago atrasado de salarios, y exigimos la sanción correspondiente.
{{Nuevo descargo:}}
Idéntico al anterior.
{{2. Atraso en la BAE,
_ Planteo de la cooperativa:}}
Admiten ante el Ministerio la realización de una propuesta extraoficial al gremio para pagar marzo en septiembre, mayo en octubre y noviembre, junio también durante noviembre, y julio y agosto en el mes de diciembre.
{{Respuesta del gremio:}}
Ya estaba aceptado por los trabajadores el pago escalonado de la BAE para evitar ahogos financieros, no aceptando la propuesta de la cooperativa y exigiendo se regularice el calendario, además de pedir al Ministerio una inspección para constatar o infraccionar esto.
Nuevo descargo:
La cooperativa mantiene la propuesta y llama a conciliar al gremio.
{{3. No incorporación al básico de los 60 pesos, ni los 100.
Planteo de la cooperativa:}}
Ante el Ministerio plantearon que la incorporación de los 60 pesos al básico está sujeto a discusión con el gremio, incorporándose en la liquidación de octubre, y que, respecto a los 100 pesos, no hay resoluciones que lo exijan.
{{Respuesta del gremio:}}
Los $60 deberían haberse incorporado desde el 31 de marzo, según el CCT 36/75, por lo que se exige la liquidación correcta desde el mes en curso.
{{Nuevo descargo:}}
Sin ningún argumento ni justificativo, anuncian la incorporación al básico desde octubre.
{{4. El no ingreso de una trabajadora solicitada por ellos mismos a la bolsa de trabajo.
Planteo de la cooperativa:}}
Expresaron que los ingresos están actualmente suspendidos por la situación financiera de la cooperativa y por una reestructuración en el sector administrativo.
{{Respuesta del gremio:}}
La Ley de Orden Público Provincial (11.769, de Marco Regulatorio) insta, a las entidades que prestan servicios, a tener cubiertos sus planteles bajo el mecanismo del CCT 36/75, es decir, en acuerdo con la organización gremial; la que, recordemos, ofreció a una postulante, por expreso pedido de la cooperativa, la cual rechazó el ingreso, sin ninguna explicación.
{{Nuevo descargo:}}
Vuelven a plantear lo mismo que en un primer momento, agregando que la postulante se negó a ocupar un puesto por admitirse no calificada para ello.
{{5. Retraso de los aportes gremiales que les descuentan a los trabajadores.
Planteo de la cooperativa:}}
Dicen que fue abonado al gremio con valores aceptados por el sindicato, que fueron vendidos luego por éste, con comisiones e intereses a cargo de la cooperativa (este punto no fue retomado por el gremio ni por la cooperativa).
{{
6. Doble sanción a los trabajadores que realizan jornadas de paro.
Planteo de la cooperativa:}}
Se amparan en la Ley de Trabajo y en el Convenio Colectivo.
{{Respuesta del gremio:}}
Hacemos saber que el art. 79 del CCT 36/75 no contempla el descuento del día de trabajo por paro, y que por lo tanto, si la cooperativa lo cita para efectuar la reducción, estará inaplicando la ley, por lo que se solicita a la autoridad para aplicar las sanciones correspondientes.
{{Nuevo descargo:}}
La cooperativa reiteró la actuación conforme a derecho, y solicitó que tome intervención la Secretaría de Trabajo o el organismo competente.
{{7. Desconocimiento de los días de licencia.
Planteo de la cooperativa:}}
Expusieron que el art. citado por el gremio (60 inc. H del CCT 36/75) está derogado.
{{Respuesta del gremio:}}
La norma existe y está en vigencia, puesto que ningún otro convenio posterior lo reemplaza. En consecuencia, la empleadora debe arbitrar los medios para su aplicación, o estará ingresando en una violación de la legislación laboral, siendo pasible de multas.
{{
Nuevo descargo:}}
La cooperativa planteó que, según las circulares 118/85 y 004/86 que ratifican el acta acuerdo FACE-FATLYF (en una época en que el Sindicato Luz y Fuerza Mar del Plata integraba la FATLYF) confirman la derogación del artículo que refiere a las licencias.
{{8. La no discusión sobre la conformación de planteles y discriminado-res de tareas.
Planteo de la cooperativa:}}
Proponen seguir delante “de la manera que se está trabajando”.
Respuesta del gremio:
De continuar trabajando de la misma manera, la CLYFEMA seguiría sin permitir la participación de nuestro gremio en las discusiones por la conformación del plantel, así como, según manifiesta la cooperativa, está en medio de una reestructuración sobre la que nunca informó al gremio pese a lo establecido en el Marco Regulatorio, en el art. 53 inc. O (Ley 11.769).
{{
Nuevo descargo:}}
Afirman que las reestructuraciones organizativas, que es lo que se está haciendo en la cooperativa, no deben necesariamente ser consensuadas con el sindicato.
{{9. Deuda con los trabajadores de las últimas tres mudas de ropa de trabajo y calzado.
Planteo de la cooperativa:}}
Del 2.000 a la actualidad sólo se adeuda un par de zapatos a los hombres y muda a las mujeres, demorada a este mes.
{{Respuesta del gremio:}}
La empleadora reconoce el incumplimiento de las normas de higiene, y no fija plazos concretos para regularizar la provisión de la indumentaria, por lo que en este punto también solicitamos al Ministerio que haga cumplir las obligaciones a la cooperativa, en tiempo y forma, o la sancione.
{{Nuevo descargo:}}
La entidad sugiere que el reclamo es previo al año 2.000, y que el gremio no lo establece con claridad.
Al cierre de la presente edición, en una Asamblea realizada en Mar de Ajó con la asistencia de más de cincuenta compañeros (9 de septiembre de 2005), el Cuerpo General de Delegados resolvió:
-# Aprobar lo actuado por la Comisión Directiva del gremio;
-# Repudiar al Consejo de Administración de CLYFEMA;
-# Solidarizarse con los compañeros trabajadores de la cooperativa;
-# Declarar el Estado de Alerta y Movilización del Cuerpo General de Delegados.