Los requisitos establecidos para acceder a la prestación anticipada son los siguientes:
{{Quién puede entrar.}} Los desocupados hasta noviembre del 2.004 que tengan al menos 55 años en el caso de las mujeres y 60 años para los hombres.
{{Aportes.}} Otro requisito fundamental es que esos desocupados deben tener sus 30 años de aportes en regla o poder comprobar, vía declaración jurada, hasta siete años de su continuidad laboral. Por ejemplo, quienes hayan sido despedidos tras 23 años de trabajo en relación de dependencia pero puedan acreditar que a partir de sus 18 años de edad trabajó esos siete años en una empresa que ya no existe (para completar los 30 años que le exige la ley). Esto surgió a partir de un veto parcial que hizo el Gobierno a la ley que había aprobado el Congreso en las maratónicas sesiones de diciembre pasado.
{{Exceptuados.}} Quienes tengan al menos 55 años en el caso de las mujeres y 60 años para los hombres pero hoy estén trabajando, los cuentapropistas y quienes cobren cualquier tipo de plan social o pensión, nacional, provincial y municipal y no renuncien a ella.
{{La inscripción.}} Se hará en la ANSeS a partir del 1º de febrero. Hay plazo hasta el 2.007, aunque podría haber, por ley, una prórroga al plazo de inscripción.
{{Cuándo se cobra.}} Ayer el ministro Tomada dijo que “el trámite debería tardar no más de entre 60 días y 90 días a partir del momento de la inscripción”. En realidad, no existe un tiempo pautado hasta ahora, pero en Trabajo sostienen que los inscriptos al sistema (que cumplan con todos los requisitos) tendrían prioridad.
{{Cuánto se cobra.}} Si el trámite es aprobado, hasta que el beneficiado no llegue a la edad mínima que pide la ley (60 años para las mujeres y 65 años para los hombres) nunca cobrará menos de la jubilación mínima, esto es 308 pesos mensuales. Por eso, el Gobierno cree que quienes tengan planes sociales menores a ese valor (y cumplan con todos los otros requisitos) deben renunciar al subsidio. Cuando esas personas lleguen a la edad mínima pasarán a recibir el 100% de sus haberes.
Según Tomada, la prestación anticipada apunta a “ampliar la cobertura y a mejorar la distribución del ingreso”. El nuevo sistema repartirá unos 500 millones de pesos al año, se calcula, teniendo en cuenta que el número de beneficiarios podría llegar a 100 mil (80 mil varones y 20 mil mujeres).
Al alcanzar la edad de jubilarse, los beneficiarios del régimen de prestación anticipada accederán automáticamente a la nueva condición sin trámites adicionales.
Este beneficio será afrontado con el Presupuesto anual de la ANSeS.
{{LA NECESIDAD DE UNA MIRADA INTEGRAL A LA EMERGENCIA.}}
Sin lugar a dudas, estamos ante una nueva realidad social y por ende ante un nuevo mercado laboral. La reforma constitucional de 1994 generó una crisis abismal de empleo, reflejado en la proliferación del trabajo en negro, condiciones indignas de trabajo, inequidad en el sistema tributario y evasión en los aportes patronales, sociales y sindicales. Millones de argentinos perdieron sus fuentes de trabajo y buena parte de la seguridad social fue a parar al sector privado dejando de ser un derecho humano de los trabajadores para convertirse en un negocio de algunas empresas.
Una nueva ley previsional tiene que plantearse la ampliación de la cobertura social, porque toda la actual estructura normativa fue pensada para otro mercado laboral.
Según datos de la ANSeS y del INDEC:
– En 1975, el 58% de la fuerza laboral tenía un empleo asalariado registrado. En 1985 había caído al 52% y en el año 1995 al 40%.
– El reciente proceso de generación de empleos de muy baja calidad ha llevado a que, hoy, menos de un tercio de la fuerza de trabajo tenga un contrato laboral registrado.
– En 1998, había prácticamente 3 millones de beneficios para mayores de 65 años, puestos al pago por ANSES. Seis años después, apenas sobrepasan los 2,7 millones.
– El 33 por ciento del total de los afiliados al régimen de capitalización y al régimen de reparto realiza sus aportes y por ende, podrán jubilarse.
– El 34, 5 % de las personas mayores de 65 años no tienen ningún tipo de cobertura previsional.
La tendencia que se observa en la Argentina, y en varios países de la región, es que la cantidad de personas que no reciben jubilación es cada vez más alta. Esto se debe a una combinación de factores. Por un lado, en el marco de la crisis de los sistemas previsionales y de dinámicas demográficas desfavorables, se fueron imponiendo requisitos más restrictivos para el acceso (más edad y años de aporte).
Un indicio es analizar la situación actual de la fuerza de trabajo. En el año 2.004, los asalariados “en negro” representan casi el 30% de la población, o sea, casi la misma participación que los asalariados registrados. El resto, un 20% son cuentapropistas que en su gran mayoría no realizan aportes regularmente a la seguridad social y el otro 20% son desempleados, incluyendo los beneficiarios del Plan Jefas y Jefes de Hogar.
Generaciones de argentinos que crecen sin aportes, sin trabajo registrado y sin trabajo. Argentinos que se sostienen sólo con un Plan de Empleo.
Es indispensable pensar esta ley como un paso más hacia una política que, desde lo previsional, enfrente a la emergencia. Una política previsible y planificada. Que esté a la vista de todos, que todos la podemos ver. Que le devuelva a los argentinos la previsibilidad.
Transitar esos caminos hubiese significado la aprobación del proyecto que creaba la jubilación proporcional para quienes ya hubieran alcanzado la edad jubilatoria pero les faltaran años de aportes. Pero en la sesión que se aprobó la jubilación anticipada, el oficialismo rechazó la propuesta de la diputada María América González.
Una política previsional no nace sola. Tiene que ir de la mano de un programa que responda al anhelo expresado por millones de argentinos de que no debe haber más hogares pobres en nuestro país. Para eso es necesario generar trabajo digno -que termine con el trabajo en negro o flexibilizado (Dios y Señor en la Argentina)- y una mejor distribución de la riqueza.