{{{INFORMES:}}}
{{{ANSES, AUMENTO 40% DE JUNIO DE 2009.}}}
El día 30de julio se presentó en la Mesa General de Entrada de ANSeS Capital Federal, una nota dirigida al Lic. Diego Bossio (titular del organismo) donde se le solicita la aplicación de la Resolución 268 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la que establece la plena vigencia del mismo, para todos los jubilados y pensionados del convenio de fecha 31 de enero de 1990 según la Ley 24.241 perteneciente al Sindicato de Luz y Fuerza de Mar del Plata, adjuntando en la misma nota un listado de compañeros/as como así también un soporte informático del mismo. Andrade, explicó que en la última comunicación efectuada en la fecha, da cuenta del avance de la gestión aguardando la nota respectiva que indique los pasos a seguir. Así mismo, Ángel D´Amico explicó que en base a los resultados obtenidos de la misma, se procederá al aporte, previa aprobación en una Asamblea general extraordinaria, suplementario del 2% de los compañeros que aún están en actividad.
{{{CAPITAL ACCIONARIO DE ESEBA S.A.}}}
Se les explicó a los compañeros jubilados, la posibilidad de cobro de dicho capital, a través de la gestión a realizar por la vía sindical (Sec. de Previsión). Esta gestión se hará ante la Dirección Provincial de Energía. Al respecto, el compañero Medina, manifestó que, evaluado el tema por la Comisión Directiva del Centro de Jubilados, lo exiguo del importe y el conocimiento de que los abogados reclamarán el pago de la cuota litis sobre el capital a cobrar (dado que hay que deponer los juicios), no ven conveniente aceptar este trámite, ya que si los letrados desean cobrar, antes deben trabajar y ganar dichos juicios. No obstante esto, Medina enunció que la decisión queda a consideración y criterio de cada uno de los compañeros/as.
{{{PAGO MENSUAL DE LOS SERVICIOS DE LUZ Y GAS.}}}
Se les recordó a los compañeros/as jubilados y pensionados de DEBA ESEBA, que en los primeros días de septiembre/09 y de marzo/10, deberán presentar los Certificados de Supervivencia en nuestra Secretaría de Previsión o en nuestro Centro de Jubilados y Pensionados, para que sean llevados a La Plata con el fin de evitar el corte de pago por el semestre.
{{{INFORME DE JUICIOS DE LUZ Y GAS DE AGUA Y ENERGIA, DEBA-ESEBA Y EDEA}}}
{{Agua y Energía:}} se están efectuando nuevos cálculos solicitados por el Juez para su pronta presentación.
{{DEBA-ESEBA:}} no hay modificaciones a la fecha, los estados procesales son válidos en la Corte y otros sin novedades, aguardándose, según lo dicho en Asamblea anterior, el dictamen de la Corte para obrar en consecuencia.
{{EDEA:}} con fecha 24/06/2009 el Tribunal de Trabajo N° 1 ha dictado sentencia favorable para el caso «VANETTI EDUARDO O. s/EDEA S.A s/DIFERENCIA DE BONIFICACIÓN», totalizando la demanda, en concepto de capital más interés, $ 14.240,33 al 30/04/2009, sin perjuicio de calcular los intereses que correspondan al momento de efectivo pago. Fallo este, que abre esperanzas para otros compañeros jubilados de EDEA, en defensa de sus legítimos derechos. Es necesario señalar que este juicio se ganó en primera instancia, razón por la cual EDEA SA debe abonar la Luz y Gas a todos los jubilados en esta empresa, derecho que el Directorio de la misma niega hace más de 12 años.
{{{JUICIOS A ANSES
_ Dra. GONZALEZ}}}
Se leyó un informe amplio sobre el estado de las demandas, las cuales ya en el 90% tienen sentencias favorables. 27 expedientes se encuentran en segunda instancia y cuatro están en la Corte Suprema. Además, el 11/08/2009 la Corte Suprema de Justicia dictó el primer fallo para jubilados Ley 24.241, en el cual otorga el derecho a la actualización de las 120 últimas remuneraciones y la aplicación para la movilidad para el índice fijado en el fallo BADARO, todo lo cual ratifica en su totalidad nuestros reclamos desde el año 2005.