-No se respeta la categoría inmediata inferior, ni antigüedad en el sector y/o empresa, como prioridad para acceder al cargo postulado.-
-No se permite al veedor sindical cumplir su función ya que se le impide acceder a los exámenes corregidos.- (¿En qué mesa examinadora no se puede ver resultados y correcciones de un examen, sólo para saber dónde hubo equívocos y superarse si fuera necesario?, ¿a qué le tendrán miedo?, ¿al descubrimiento de actos arbitrarios???..)
-Por ello, no es posible saber si el postulante realmente está o no en condiciones de acceder al puesto.-
-Para acceder a la postulación, se debe aceptar la realización del examen psicofísico, aún para cubrir cargos del mismo sector o ámbito, lo cual no es legalmente obligatorio (caso Independencia).-
-A los compañeros que no aceptan realizarse el examen psicofísico, porque no corresponde, no se les permite participar en el examen para adjudicar la vacante (caso Independencia y otros).-
-A pesar de existir una Resolución del Ministerio de Trabajo, que indicaba la ilegitimidad de dicho examen, la empresa continuó con la adjudicación de una vacante, negando la posibilidad a las compañeras que no se sometieron al mismo.- (Certifica el método arbitrario de la empresa, de sometimiento, de negativa al diálogo; y certifica, como ha sido norma, que no respeta las Resoluciones del Ministerio de Trabajo, ámbito superior que actúa entre las partes ante los diferendos).-
-A los postulantes de la Bolsa de Trabajo se les exige, en el examen, conocimientos que sólo se pueden adquirir dentro de la empresa: una forma elegante de rebotarlos. (Siempre que hayan tenido la “suerte” de pasar la “entrevista”, una suerte forma de filtro arbitrario, decadente, personal y subjetivo, a cargo de quienes -en más de un caso- no superarían….)
-La empresa, de manera arbitraria y sin diálogo alguno, incorporó recientemente la exigencia de que los postulantes de la Bolsa de Trabajo, para Inspecciones y Conexiones y otros sectores, posean carnet de conductor categoría “C”, como condición excluyente, cuando este requisito es secundario y siempre fue resuelto posteriormente al ingreso. De no aceptar nuestra organización las exigencias impuestas por la empresa, sin ninguna posibilidad de diálogo, ésta realiza los ingresos por su cuenta, desconociendo nuestros derechos convencionales. Aceptar las condiciones que exige la empresa nos somete a imposiciones arbitrarias.-
-Esta metodología de producir cambios sin discusión, sin acuerdo de parte con la organización sindical, es una práctica normal, habitual y permanente por parte de la empresa EDEA S.A.-
-La empresa exige (sin que sea obligatorio) la firma de planillas de capacitación (esto es una necesidad empresaria para presentar como cumplimiento de las normas ISO que sólo sirven para mejorar cotización de las acciones en bolsa) cuando convoca a los trabajadores a reuniones de trabajo o realiza encuentros de “capacitación” en horario de trabajo.- Luego argumenta, exhibiendo estas planillas, que esas reuniones son “cursos de capacitación”.-
–La empresa mantiene indiscriminadamente cámaras de vigilancia, para perseguir e intimidar a los trabajadores. Sobran los ejemplos de su uso para sancionar y acosar compañeros.-
-Se descuentan de manera arbitraria los haberes de los compañeros cuando se realiza una asamblea, incluyendo el tiempo que demanda el traslado al lugar de trabajo.-
Sigue sancionando a los trabajadores (incluso delegados y miembros de Comisión Directiva, con fuero sindical) de manera arbitraria y salvaje, para intimidar y meter miedo.
COMPAÑERAS, COMPAÑEROS: La unidad es el camino de la victoria y la división conduce al fracaso y la derrota.
¡ESTAMOS DE PIE!! ¡LA LUCHA CONTINÚA!!
Por Sindicato de Luz y Fuerza de Mar del Plata.
RIGANE JOSE SECRETARIO GENERAL
ZARATE AXEL SECRETARIO GREMIAL