«No es más inteligente quien va adelante, sino el que se atreve a defenderse de los indiferentes»
Todo comenzó el 18 de octubre del 2011 cuando solicite la certificación de años trabajados en RENTAS / ARBA con el objeto de acogerme al beneficio jubilatorio que me corresponde por haber prestado servicio, en primer lugar, en la Empresa de Energía DEBA y luego en ESEBA que, producto de la privatización, con 28 años de antigüedad y con arbitrariedad de la multinacional EDEA que se hizo cargo y dentro de la reestructuración de los puestos me corto el avance de mi carrera en 1997. Ante semejante sorpresa, luego de luchar y obtener el aval de 4.400 firmas de los habitantes de mi ciudad desempeñe tareas en el Municipio y más tarde tuve la suerte de ingresar en RENTAS, hoy ARBA hasta cumplir con lo que marca la ley.-
Cabe consignar que fui informado por la Gerencia de Servicios de Atención Presencial La Plata (ARBA), en primer lugar sobre mi cese que se iba a producir el 01/02/12; luego estaba previsto para el 01/06/12 y por último el memo 1109 de fecha 26/11/11 cesaba por oficio el 01/01/13. A todo esto mediante memo 324 de fecha 04/11/11; Memo 116 de fecha 21/05/12 y Memo 169 del 03/08/12 fui informando a la Gerencia respetiva que NO tenía la documentación exigida para comenzar el trámite del Beneficio que me otorga la Jubilación, esto es, el IPS de la Provincia y luego en el ANSES Nacional, lógicamente la negligencia es contundente.-
Tanto el IPS como ARBA son dos apéndices de la gobernación, por consiguiente, sin escrúpulos y con total indiferencia, recibo un telegrama que a partir del 1º de enero del 2013, tiene jubilación de oficio, impartido por la SUB GERENCIA DE ADMINISTRACION DEL PERSONAL firmado por ROCA MARIA BELEN, habida cuenta que el organismo NO me entrega la documentación.—
El tema en cuestión me obligo a concurrir a un estudio de abogacía solicitando ante el acuciante problema, si cabía un «Recurso de Amparo», dado que lo caratule «ABANDONO DE PERSONA SIN HABERES MENSUAL Y OBRA SOCIAL», DIGO ¿ESTE ES EL GOBIERNO QUE ACTUA CON JUSTICIA SOCIAL? El Dr. Héctor Porrez, tomo el asunto de referencia, comenzando con el trámite de Cedula de Notificación al Instituto de Previsión Social Provincial «Baliani Juan B. c/ I.P.Social s/ Amparo por Mora», por la documentación que certifica mis ser- vicios prestados al Estado Provincial; haciendo lugar el Sr. Juez a mi petición. Por supuesto NO llego la respuesta.—
Transcurridos 5 (cinco) dias, nueva presentación, que a pesar de estar de feria, el Dr. MARCOS FERNADNO VAL — Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial — Departamento Judicial Dolores, remitir nueva Cedula de Notificación con fecha 07/01/13, Expte: 66.636: «Baliani Juan B. c/ ARBA s/ Acción de Amparo y Medida Cautelar Urgente» ante ARBA y Fiscalía de Estado Provincial, fijando audiencia para el 10/01/13 en Departamento Judicial Dolores. Reunidas ambas partes, lamentablemente la representación de la «AGENCIA DE RECAUDACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES» fue «CALAMI-TOSO», por lo tanto, con fecha 11/01/13 el Dr. MARCOS FERNANDO VAL — Juez, RESOLVIO: «hacer lugar a la medida cautelar, suspendiendo el acto administrativo por el que se dispuso su cese de oficio para acogerme a los beneficios jubilatorios, disponiendo la reincorporación del actor para continuar prestando servicios en la SUB GERENCIA DE COORDINACION REGIONAL DOLORES, lunes 14/01/13, hasta que obtenga su jubilación, previa caución juratoria que deberá prestar en tribunales».— >>QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO<<
—GRACIAS A DIOS—
Baliani Juan Bautista
DNI 5332787
Cro. Afiliado, histórico y referente de la ciudad de Dolores.