Mar del Plata 27 de febrero 2015
VISTO: LA CONVERGENCIA ELÉCTRICA, llevada adelante por el gobierno nacional y provincial que perjudica a las empresas del sector, en particular a las cooperativas; y
CONSIDERANDO:
QUE a los 20 días del mes de Enero del corriente año, se han reunido en la ciudad de Azul, 108 dirigentes de cooperativas eléctricas de la provincia de Bs. As., junto a los representantes de 200 cooperativas como lo son las federaciones APEBA, FACE-BsAs, FEDECOBA, FICE Y CRECES;
QUE la mencionada asamblea-encuentro se realizo ante la preocupación y alerta que origina el que el gobierno de la provincia de Buenos Aires dé continuidad al Programa de Convergencia de Tarifas Eléctricas para el año 2015;
QUE el mencionado programa viene precedido por el incumplimiento de la remisión de los fondos del año 2014, vinculados a la misma propuesta de Convergencia Tarifaria Eléctrica;
QUE las Cooperativas Eléctricas son un sector que abarca al 47% de los usuarios (893.348 usuarios – asociados), y alcanza una superficie de 203.700 Km2 y 5.000 empleados, en 240 localidades;
QUE“En materia eléctrica, la Ley Provincial 11.769 definió oportunamente el Marco Regulatorio Eléctrico de la PBA, alineada a los principios tarifarios de la Ley Nacional 24.065, estableciendo la potestad de la Provincia para regular y determinar el monto y modalidad de las tarifas. Y fijó en su art. 40 que las tarifas de distribución deben reflejar los costos de adquisición de la electricidad y los costos propios de la distribución (que incluyen, entre otros, costos de capital, de amortización, de renovación de equipos e instalaciones, de expansión o mantenimiento de redes, además de numerosos impuestos, actualizaciones salariales a través de paritarias, etc.). Por eso, conforme a esta normativa, y más allá de que la Nación financie o subsidie la ejecución de obras de distribución, es la Provincia quien debe resolver la recomposición de ingresos de los distribuidores, fijando las tarifas y las políticas justas para ello.”
QUE “Además, no se puede desconocer el texto del art. 20 de la mencionada ley que establece en su inciso 3° que “la Provincia de Buenos Aires reconoce especialmente entre los Distribuidores concesionarios del servicio público de electricidad a las entidades Cooperativas, en virtud de su naturaleza y los antecedentes históricos en la constitución y prestación del servicio eléctrico. En tal sentido, es propósito de esta Ley alentar el desarrollo de estas entidades y, especialmente las que atienden zonas rurales de la Provincia, en consideración a que persiguen un fin comunitario. En tal marco, toda legislación y reglamentación que se dicte para regular el servicio eléctrico deberá contemplar adecuadamente la existencia y normal continuidad de dichas entidades cooperativas”.
Textos citados de la declaración de las cooperativas eléctricas reunidas el 20 de Enero 2015
QUE “Evaluar una vez transcurrido el plazo fijado por el Plenario del día 20 de Enero (30días) la necesidad de convocar a un nuevo Plenario con el claro objeto de analizar el Estado de Situación y en caso de ser necesario, la profundización de las medidas de acción.”
QUE “Ratificar y recordar la decisión tomada en forma unánime en el Plenario celebrado el día 20 de Enero de 2015 de NO FIRMAR el Plan de Convergencia Federal 2015 hasta tanto se garanticen las condiciones solicitadas en el documento emitido en dicha oportunidad”Textos citados de la declaración de las cooperativas eléctricas
QUE se analiza por parte de la representación empresaria citada la posibilidad de iniciar acciones judiciales;
QUE “en la reunión celebrada el día 25 de febrero en la Secretaría de Servicios Públicos, el Sr. Secretario Franco La Porta informó la firma del convenio instrumental de Convergencia 2015, informando someramente cómo sería su afectación y procedimiento a implementar durante el corriente año.”;
QUE las cooperativas eléctricas a través de sus cinco federaciones han hecho saber a las organizaciones sindicales que mas allá de su voluntad de dialogo y compresión con los trabajadores organizados, no se van a sentar a discutir salarios, paritarias 2015 de manera responsable y comprometida.
POR TODO LO DICHO ESTE CUERPO GENERAL DE DELEGADOS
RESUELVE POR UNANIMIDAD:
1) Aprobar el informe de Comisión Directiva
2) Realizar una declaración publica de nuestra organización sobre la Convergencia Eléctrica y los perjuicios que origina la misma.
3) Declarar a este Cuerpo General de Delegados en Estado de Alerta y Movilización.
4) Dar la más amplia difusión al tema tratado.
POR CUERPO GENERAL DE DELEGADOS DE LyFMDP
Marcelo Fuentes
Presidente CGD