La titularidad del Derecho de Huelga
En el día de ayer, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha fallado en el caso Orellano en contra de los derechos de los trabajadores, al considerar que sólo las asociaciones sindicales con personería gremial y las que poseen simple inscripción tienen la titularidad para ejercer el derecho de huelga.
De esta manera, el dictamen conocido en el día de la ayer no es más que un fallo en contra de los trabajadores de nuestro país, que sólo implica retroceder años de luchas y embiste directamente a la Libertad y Democracia Sindical.
Sin duda que lo que se estaba discutiendo es la titularidad del derecho de huelga, estando en pugna el sentido amplio, si se sostiene que el derecho a huelga es un derecho inherente al trabajador, contra una postura restringida, entendiendo que el titular al derecho de huelga son los sindicatos reconocidos por el Estado.
Lamentablemente, triunfó en la Corte la postura restringida del derecho a huelga, dando luz verde a la posibilidad de despidos en todos aquellos conflictos sindicales que culminen en una huelga, si no fueron impulsadas por un sindicato inscripto.
Sin duda que este fallo intenta ponerle freno a la conflictividad laboral en un contexto de flexibilización y ajuste, atentando contra la institución natural de los trabajadores, como es la huelga.
Nadie puede desconocer que la huelga, como expresión directa de los trabajadores, es la fuente generadora de derechos laborales.
Este fallo atenta contra la clase obrera, limitando y reglamentando su máxima herramienta de defensa de derechos, contra la patronal y el Estado, que tienen los trabajadores.
La Corte viene a legitimar el mayor recurso de represión y sumisión que tiene la patronal, como es la posibilidad de despedir a todos aquellos trabajadores que ejerzan el legítimo derecho a huelga sin la anuencia de un sindicato, desprotegiendo al conjunto de trabajadores que actúan auto convocados por no existir sindicatos o por no representar éstos sus intereses.
Esto no es un dato menor si tenemos en cuenta que el 40 % de los trabajadores de nuestro país no se encuentran registrados (trabajadores en negro), que al no estar ni siquiera inscriptos como tales, tampoco son parte de los “sindicatos” que el Estado reconoce.
Del 60% restante, sólo la mitad está sindicalizado, con lo cual no son parte de las organizaciones sindicales. A ellos, la CSJN les ha dicho que no pueden agruparse gremialmente y convocar a una huelga porque exclusivamente lo pueden hacer los sindicatos reconocidos por el Estado.
Los grupos de poder ya tenían la Ley antiterrorista, el Protocolo anti piquete, y ahora cerraron el cerco con el Fallo Orellano.
Le sacaron la única herramienta de lucha y resistencia que tenían los grupos auto convocados de trabajadores, que se rebelaban a la flexibilización social y laboral, implementada por el gobierno, los patrones y el sindicalismo cómplice de estos ajustes.
Con este fallo «matan» a los trabajadores en negro, a los tercerizados, a las comisiones de delegados no cómplices del sindicalismo empresarial.
¿Cómo podríamos imaginar el nacimiento de un sindicato como el de los metrodelegados, con un fallo Orellano adelante?
Sin dudas que este fallo ha receptado la embestida patronal que se viene denunciando en los Organismos Internacionales, debilitando la herramienta por antonomasia que tiene la clase obrera, como es el Derecho de Huelga.
El sistema va encontrando las herramientas «legales» necesarias para reprimir la protesta social, con este fallo, la Ley antiterrorista, el Protocolo anti piquetes,… Como ya dijimos, el Estado se prepara para combatir la conflictividad social, en estos tiempos de ajustes y fuerte flexibilización laboral.
Este fallo tiene una doble finalidad: por un lado, castigar con el despido a los grupos de trabajadores auto convocados que ejercen la huelga; y por el otro, disciplinar al conjunto de la clase obrera mostrándoles cuál será su destino si intentan rebelarse ante el sistema establecido.
El peligroso precedente que deja esta sentencia está dado porque el máximo tribunal, poniéndole el guante al pedido de orden del Gobierno y las Patronales, puede dejar presos de los acuerdos de cúpula a los trabajadores de las bases que luchan por mantener sus puestos de trabajo, sus salarios, y que pelean por condiciones dignas de vida.
Entendemos que hoy, más que nunca, es necesaria la unidad del Movimiento Obrero para reaccionar rápidamente contra el intento de limitar sus derechos, como es el caso de la huelga, peleando contra este sistema que día a día se prepara para combatir la protesta laboral dentro de un plan mayor de represión de la protesta social, en el salvaje ajuste que viene padeciendo nuestro pueblo.