LA INTROMISIÓN JUDICIAL EN LAS NORMAS CONVENCIONALES ES UN ACTO DE AUTORITARISMO
Recientemente hemos comunicado a la población que en la Central de generación eléctrica 9 de Julio de nuestra ciudad se pondrá en marcha dos nuevos equipos generadores, que si bien no solucionaran definitivamente el problema energético de nuestra ciudad y de nuestra región, servirán de paliativo más que suficiente, y por el cual hemos propuesto y exigido con los trabajadores para que este proyecto se logre en tiempo y forma. En definitiva felicitamos en su momento y mantenemos nuestro compromiso con las actuales autoridades de la empresa por haber podido demostrar que se puede lograr con recursos propios o administrando correctamente los transferidos por parte del estado provincial.
FALTA DE PERSONAL EN CENTRALES DE LA COSTA
Este apoyo no implica que renunciemos a la defensa de los derechos de los trabajadores que representamos y digamos BASTA cuando existe un abuso o una política empresaria despreocupada por el bienestar y la seguridad de los trabajadores que allí se desempeñan. Un ejemplo de esto es la emergencia ocupacional que allí existe: denunciamos que hace falta cubrir la planta mínima de trabajadores que allí se necesitan y más ahora con dos equipos nuevos.
Es sabido que la falta de personal se traduce en primer lugar a sobrecargar labores y horario al actual plantel. En segundo lugar, tener que tercerizar mano de obra a través de empresas contratistas, labores que se puede hacer de forma más eficiente y a menor costo con personal propio, entonces la Empresa entra en la contradicción de, por un lado, buen manejo de los recursos como recién sustentamos, y por otro generar mayores costos para el Estado a través de Empresas tercerizadas.
EL DIABLO METIÓ LA COLA
Ante ello habíamos iniciado conversaciones con el Presidente de la Empresa para el cubrimiento del personal faltante, y cuando las mismas se encontraban encaminadas aparece un elemento desestabilizador, como es una sentencia judicial traída desde casi el anonimato (la empresa no había puesto en conocimiento la existencia de un proceso judicial, por lo que no somos parte del mismo) dictada por el Tribunal de Trabajo Nº 4 de esta ciudad y por el cual ordena a Centrales de la Costa que los futuros ingresos deberán ser compartidos entre el Sindicato de Luz y Fuerza Gral. Pueyrredon y este Sindicato en partes iguales.
Debemos aclarar que el Sindicato Pueyrredon fue una creación de oficina de las anteriores autoridades de la Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza, cuando nos expulsaron de su seno, al oponerse nuestro Sindicato a las nefastas políticas privatizadores de los 90. Esta agrupación fue creada en los papeles amarillos y continúa amarillo como es el papel de la sentencia que hoy pone en jaque la norma convencional.
Además ese sindicato no ha podido acreditar en el juicio la existencia de ningún afiliado en la Central 9 de Julio (así surge de la pericia contable practicada en el expediente) y pese a esa incontrastable realidad se le da un derecho,(en el escritorio de un despacho judicial) por el que Luz y Fuerza ha luchado por más de 50 años para lograrlo; nos referimos a la política de Ingreso, a través de la Bolsa de Trabajo.
Bastardean la política de ingresos – BOLSA DE TRABAJO.
La Bolsa responde al fundamento de la preservación de la integralidad y la carrera del personal en una industria riesgosa como es la eléctrica, donde solo personal con previa calificación puede ingresar y por ello los diferentes gremios de Luz y Fuerza a nivel nacional administran las mismas, ofreciendo una bolsa de trabajo abierta al conjunto de la población.
Nuestro Sindicato tiene una Bolsa abierta donde todos los que quieran postularse pueden inscribirse en las diferentes especialidades, dándosele en algunos casos hasta cursos necesarios para que los mismos completen sus estudios o especializaciones propias y necesarias para el trabajo con peligro como implica manipulación eléctrica, y se conforma una lista la cual es pública y autotutelada por los propios aspirantes, y de la cual por orden de prelación y en la especialidad que soliciten las diferentes empresas del ramo, el Sindicato envía postulantes (no afiliados), los cuales son evaluados por el futuro empleador bajo el resguardo de respeto de los derechos de los mismos por parte del Sindicato, como supervisar exámenes en caso de corresponder, exigir juntas medicas en caso de ser necesaria para garantizar el futuro ingreso.
El Sindicato Pueyrredon no tiene una bolsa de trabajo abierta a la población, es más, con descaro en la demanda judicial reconocen que al no ser llamados los postulantes de su Bolsa, no puede tener afiliados y ante ello se ve en la imposibilidad de disputar con nuestra organización la mayor representatividad. Es evidente el bastardeo por un lado del instituto de la Bolsa, y por el otro la mínima consideración que tiene de los futuros trabajadores donde ingresar significa obligarlo a pertenecer como afiliados.
EL TRIBUNAL DE TRABAJO NOS NEGÓ LA POSIBILIDAD DE SER OÍDOS.
Obviamente que este fallo pudo tener el resultado que tuvo, por la expresa decisión de los jueces del Tribunal de Trabajo Nº 4 de Mar del Plata, cuando negaron la posibilidad que nuestro Sindicato sea parte en el juicio, disponiendo de esa manera de nuestra norma convencional de manera discrecional, poniéndola al servicio de un sindicato, como una prestación más de servicio, (dándole un rango de Agencia de Empleo) y de la propia patronal, quien es concretamente la única beneficiada con esta sentencia.
Es claro y evidente que lo único que hace el Sindicato Pueyrredon con esta demanda es adulterar y lesionar de muerte con ello, el instituto de la bolsa de trabajo, que maliciosamente ese Sindicato lo interpreta como un coto de caza de afiliados y no como lo que es, un instituto donde la clase obrera pudo discutir en el seno de la Empresa la política de ingreso y su preservación psicofísica.
Obviamente que al Sindicato Pueyrredon, no le interesa la norma convencional, ni que se recienta o destruya la misma, tampoco le interesó en sus momento a quienes dirigían los destinos de la Federación de Luz y Fuerza (creador de este Sindicato en función de las patronales) entregar el convenio colectivo 36/75.
Es una paradoja que el Sindicato Luz y Fuerza Mar del Plata, continúe perdiendo derechos convencionales en el ámbito judicial, ya la justicia le arrebató el Convenio Colectivo Nacional N° 36/75 Sentencia nº S. 55. XXXI de Corte Suprema de Justicia de la Nación, 25 de Junio de 1996, imponiéndole un convenio a la baja como fue el Acta Acuerdo preparada para el desguace del estado nacional que derivó en la privatización de la Empresa Energética Provincial. En el 2012 la Suprema Corete de la Provincia de Buenos Aires, nos redacta una nueva norma convencional, y ahora 20 años más tarde le quitan, otro instituto convencional, como es la administración de la “bolsa de trabajo”, poniéndola al servicio de las patronales y nuevamente con la complicidad de un sindicato amarillo.
COHERENCIA HISTÓRICA
Este Sindicato respeta a ultranza la libertad y democracia sindical como para estigmatizar algo tan precioso como es el trabajador. No exigimos afiliación previa, es mas somos una de las pocas organizaciones que no tiene un menú amplio de beneficios sociales, como grandes cadenas de hoteles o agencias de turismo, pero si, con la afiliación nos preocupamos de la incumbencia y la defensa a ultranza de los trabajadores (como reales sujetos de derechos) que representamos y la historia nos da la razón.
Es sabido que como co-fundadores de la Central de Trabajadores Argentinos, no aceptamos la injerencia en la vida sindical, ni de las patronales, ni de los partidos políticos, ni del estado, este ultimo a través de cualquiera de sus poderes, por ello repudiamos cuando la Justicia no actúa en pos del fin que ha sido creada, sino para intervenir e inmiscuirse en la vida interna sea de las organizaciones sindicales o de las políticas. Sus soluciones amen de no ser justas, conllevan un afianzamiento de un estado corporativo, contrario a cualquier ideario democrático que se dice sostener.
Lamentablemente el Tribunal de Trabajo Nº 4 de Mar del Plata nos impidió poder defender la norma convencional, que demás está decirlo, no es propiedad de este Sindicato, sino que pertenece el conjunto de los trabajadores y trabajadoras de la Energía, y así seguiremos luchando: PESE A QUIEN LE PESE, SEA QUIEN SEA.