LA UNICA LUCHA QUE SE PIERDE ES LA QUE SE ABANDONA
El Tribunal de Trabajo Nº 2 del Departamento Judicial de Dolores en los autos caratulados CESOP LTDA C/ SINDICATO LUZ Y FUERZA MAR DEL PLATA y otro/a S/MATERIA A CATEGORIZAR Expte. Nº 35578 rechazó la demanda de la Cooperativa Eléctrica CESOP de San Bernardo, que pretendía desconocer la Bolsa de Trabajo que administra nuestra Organización Sindical, con la excusa de que fallo de la SCBA (L99.945, “Sindicato de Luz y Fuerza de General Pueyrredón c/ Edea”), alcanzaba el art. 3 del CCT Nº 36/75.
En estas actuaciones quedó evidenciada la alianza asociativa entre las patronales y el Sindicato Pueyrredón, ya que la Cooperativa CESOP tomó los antecedentes presentados por el Sindicato Pueyrredón y fue a la justicia para pulverizar la política de ingreso reconocida en nuestra Norma Convencional.
En dicho proceso el Sindicato Luz y Fuerza Mar del Plata defendió el art. 3 del CCT 36/75, contra la empleadora (CESOP) y Pueyrredón, quienes argumentaron durante todo el juicio de manera concordante y complementaria, en contra de Luz y Fuerza Mar del Plata.
Sabiamente el Tribunal de Trabajo Nº2 de Dolores, supo leer la solapada intención de la patronal, que el único objetivo en mente, era frenar los ingresos conforme lo establece la norma convencional, y realizar las tareas convencionales con Empresas tercerizadas y no haciendo pedidos de la Bolsa de Trabajo de los trabajadores (Igual que en EDEA S.A).
El Dr. URIAGUERECA en su voto manifestó:
“Creo ver en el pedido de la cooperativa CESOP no una declaración sobre la interpretación del art. 3 del CCT 36/75, sino lograr el “quietus” de los gremios demandados. Lograr tal cometido no creo posible, fáctica y jurídicamente, por éste Tribunal.
Es que si las medidas de acción directa se desenvuelven en el marco que les permite el art. 14 bis de la Constitución Nacional, nada se puede reprochar. El daño ocasionado no sería antijurídico, es sólo el ejercicio de un derecho, que, además, está garantizado por normas de raigambre constitucional.
Hay que destacar lo manifestado por los magistrados, quien pudieron visualizar e interpretar la verdadera intención de la patronal, que era aprovechar el fallo de la Suprema Corte en EDEA, para manipular la política de Ingreso y por ende a nuestra Organización Sindical.
En la parte resolutiva el fallo establece:
…”I) Rechazar la demanda iniciada por la Cooperativa de Electricidad Servicios y Obras Públicas de San Bernardo Limitada contra el Sindicato de Luz y Fuerza de Mar del Plata….”
Recibimos con satisfacción esta resolución, con la tranquilidad y la convicción de que continuamos defendiendo una conquista de la clase trabajadora, como es la política de ingreso contemplada en la norma convencional, que lamentablemente se vio alterada por un fallo de corte, y que viene siendo aprovechada por las patronales en toda la Jurisdicción de Luz y Fuerza Mar del Plata.
Sabemos que falta mucho camino por recorrer en este tema, pero estamos convencidos de lo que hacemos como afiliados a este histórico sindicato, con vasta trayectoria en defender la Norma Convencional y NUNCA PACTAR A LA BAJA DE LA MISMA.
Compañeros Lucifuercistas
“LA UNICA LUCHA QUE SE PIERDE ES LA QUE SE ABANDONA”.