Mar del Plata, 26 de marzo de 2017.
PUNTO 3: Discusión parámetros para la negociación paritaria 2018
VISTO:
El acuerdo de la Federación Argentina de Luz y Fuerza (FATLyF) con el Ministerio de Trabajo de la Nación y las Actas firmadas por la entidad mencionada con las empresas del sector a nivel nacional, y
CONSIDERANDO:
1) Que la FATLyF no representa a esta organización sindical, dado que Luz y Fuerza Mar del Plata hace décadas dejó de pertenecer a la misma.
2) Que el Sindicato de Luz y Fuerza Mar del Plata posee personería gremial y jurisdicción territorial reconocida, lo cual nos faculta a discutir la paritaria en nombre de sus representados
3) Que el acuerdo firmado por la FATLyF desconoce la real situación de los trabajadores lucifuercistas, y además establece una clara supeditación a las exigencias y requerimientos del gobierno de turno en su política de bastardear las paritarias como instrumento de discusión libre de los salarios.
4) Que prueba de ello es que ha puesto a las mismas, piso y techo, estableciendo un criterio antidemocrático y de claro sometimiento, como queda en evidencia al atacar a todas aquellas organizaciones sindicales que no aceptan sus condicionantes.
5) Que no sólo niega una “cláusula gatillo” respecto de esta discusión sino que además inventa una clausula de “revisión” que tanto la FATLyF como otras organizaciones aceptan pasivamente, sin que esto signifique en la práctica, ninguna discusión superadora de lo establecido.
6) Que además, el índice del IPC (Índice de Precios al Consumidor), como es de público conocimiento, está claramente distorsionado, dado que aumentos significativos en los servicios públicos, prepagas, impuestos, etc, no son considerados para establecer el porcentaje final de la inflación, como correspondería, lo que lo hace parcial y fundamentalmente alejado de la realidad de los precios que indican las góndolas.
7) Que esta organización sindical conviene que los aumentos que se pacten en el presente sean por un semestre, obligándose las partes a reunirse en el mes de septiembre del corriente año para evaluar la incidencia inflacionaria, tomando para ello como base el IPC, pero con la aclaración de que el mes de enero del corriente año es base 100. Y en base a ello, y la evolución de los precios reales, determinar el incremento salarial para el resto del año paritario, que en la mayoría de los casos vence en febrero de 2019 inclusive, y conformar allí el aumento definitivo, obligándose por ende, la parte empleadora, al pago de los porcentajes aquí pactados desde la suscripción del acuerdo, con independencia de su homologación o no ante la autoridad de aplicación.
8) Que denunciamos a la Empresa EDEA SA y Centrales de la Costa Atlántica SA, quienes en complicidad con FATLyF, no convocaron a nuestra Organización a la paritaria, como correspondía que lo hicieran.
POR TODO LO EXPUESTO, LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA, POR UNANIMIDAD
RESUELVE:
1) Aprobar todo lo actuado por CD en la materia;
2) Rechazar el 15% firmado por la FATLyF ante el Ministerio de Trabajo de la Nación y Empresas;
3) No firmar ningún acuerdo condicionado;
4) Convocar en agosto del corriente año a una A.G.E. para fijar las pautas paritarias a discutir a partir del mes de septiembre de 2018;
5) Dar a conocer a todas y cada una de las empresas de la jurisdicción;
6) Dar la más amplia difusión a esta Resolución.