Circular Nº52 (18-19) Mar del plata, 30 de julio de 2018.-
VISTO: La situación conflictiva por la política de ingresos, en la cooperativa eléctrica CESOP San Bernardo Y
CONSIDERANDO:
QUE: La cooperativa mencionada intenta imponer condiciones no contempladas en el convenio colectivo de trabajo 36/75;
QUE: Las mencionadas condiciones de ingreso significan una práctica desleal y una acción de carácter ilegal por parte del consejo de administración de CESOP;
QUE: Intenta imponer de manera inconsulta y arbitraria un examen de competencia entre postulantes de distinta organizaciones sindicales;
QUE: Siendo nuestra organización sindical la única con personería gremial, vigente desde hace décadas, y por lo tanto la única con derecho a administrar la bolsa de trabajo para los ingresos a la mencionada empresa;
QUE: Los actos arbitrarios que denunciamos de parte de la cooperativa CESOP se han manifestado a través de diversas cartas documentos, ratificadas en más de una oportunidad sus contenidos;
QUE: La violación del convenio vigente (36/75) se ratifica cuando de manera arbitraria intenta modificar la edad máxima de un postulante (25 años máximo) para poder ingresar. Cabe aclarar que el mencionado convenio no manifiesta dad máxima para el ingreso;
QUE: A pesar de haber realizado la cooperativa CESOP en el año 2013 una presentación en el tribunal del trabajo N°2 del departamento judicial de Dolores (Expediente N° 35578) para que le autorizaran ingresos de personal a través de dos sindicatos, el 12 de febrero de 2017, el tribunal rechazo la demanda de cooperativa eléctrica CESOP, sin embargo insiste arbitrariamente;
QUE: Nuestra bolsa de trabajo no solo es para familiares, incluso se pueden anotar hasta un 40% particulares (sin parentesco con ningún afiliado) de hecho varios hijos de afiliados al sindicato simplemente inscripto de Pueyrredón lo han realizado sin problemas;
SE RESUELVE POR UNANIMIDAD:
1) APROBAR LO ACTUADO POR COMISIÓN DIRECTIVA.
2) FACULTAR A LA COMISIÓN DIRECTIVA A ADOPTAR LAS MEDIDAS A IMPLEMENTAR, PAROS DE TRES (3hs), TÉCNICO, MANUAL Y ADMINISTRATIVO, ACTIVOS DE SER POSIBLE;
3) LOS MISMO SE LLEVARAN A CABO POR ZONA, LOS DÍAS: MIÉRCOLES 1 DE AGOSTO DE 2018, JUEVES 2 DE AGOSTO DE 2018, VIERNES 3 DE AGOSTO DE 2018, LUNES 6 DE AGOSTO DE 2018, MARTES 7 DE AGOSTO DE 2018.
4) EL JUEVES 9 DE AGOSTO DE 2018 SE REALIZARA UN PARO TÉCNICO, MANUAL Y ADMINISTRATIVO EN TODA LA JURISDICCIÓN DEL SINDICATO, CON MOVILIZACIÓN, ABARCANDO TODA LA JORNADA LABORAL.
5) TODAS LAS MEDIDAS SERÁN ASEGURANDO LAS GUARDIAS MÍNIMAS PARA GARANTIZAR EL SERVICIO, EN TANTO Y CUANTO NO EXISTA INCUMPLIMIENTOS POR PARTE DE LAS EMPRESAS.
6) DAR LA MÁS AMPLIA DIFUSIÓN A LAS INICIATIVAS APROBADAS.
Sindicato de Luz y Fuerza Mar del Plata