En una Resolución del Consejo de Administración del 13 de junio, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) instó al gobierno nacional a que “tome las medidas necesarias para que sin demora se otorgue la personería gremial solicitada por la FeTERA hace más de 14 años”. A la vez, en la misma resolución, establece que “modifique todas las disposiciones de la Ley de Asociaciones Sindicales 23.551 que no estén en conformidad con los principios de la libertad sindical”.
El reclamo de la Federación de Trabajadores de la Energía de la República Argentina (FeTERA) por la Personería Gremial data del año 2000, luego de haber obtenido al Inscripción Gremial 2059 en 1998. Luego de varias presentaciones realizadas ante la OIT, la Federación alegó trabas y demoras en el trámite de la solicitud de personería ante el Ministerio de Trabajo de la Nación. En aquel momento, la OIT examinó el caso por última vez en noviembre de 2012 y estableció que “la dilación de los procedimientos supone un grave obstáculo a los derechos sindicales”.
Ante los distintos requerimientos de las autoridades, en estos 14 años, la FeTERA entregó toda la documentación solicitada, evidenciando que lo que hay detrás de esta negación es una clara decisión política para no otorgar la personería gremial.
En esta última resolución, el Consejo de Administración de la OIT “lamenta que a pesar del tiempo transcurrido desde del envío de informaciones adicionales por parte de la organización querellante (FeTERA) el Gobierno no haya enviado sus observaciones al respecto”. Y al mismo tiempo, el Comité recuerda que durante años tuvo que examinar casos relativos a Argentina relacionados a demoras excesivas en el otorgamiento de personería gremial.
Además, establece que “en consulta con los representantes de los trabajadores y de los empleadores, tome las medidas necesarias para modificar el artículo 28 de la ley (23.551), que requiere para poder disputar personería gremial a otra asociación, que la asociación demandante posea una cantidad de afiliados ´considerablemente superior´”. Según el Comité de la OIT, este artículo no está en conformidad con el principio de libertad sindical al que adhiere nuestro país.
Ante esta clara e irrefutable definición del máximo Organismo internacional de los Trabajadores, y el silencio y la falta de respuestas del Gobierno nacional, volvemos a exigir que se dé pronta y definitiva respuesta al reclamo de la FeTERA que lleva más de 14 años de dilaciones y trabas legales.
Podés leer la resolución completa de la OIT en FeTERA.org.ar